En la CAPV el régimen de enseñanza de bachillerato nocturno se rige por las siguientes disposiciones legales:
Es un régimen diferente de estudios en Bachillarato que se estructura por asignaturas. El Bachillerato consta de 18 asignaturas, divididas de la siguiente manera:
Asignaturas comunes (se deben cursar todas)
Asignaturas de modalidad (se deben cursar 3 de primer curso y 3 de segundo curso):
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Ciencias de la Naturaleza y de la Salud |
Ciencias Sociales y Humanidades |
Artes |
Tecnológico |
1º |
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2º |
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Las materias de modalidad de 1er. y 2.º Curso serán las que figuran en el Anexo I del Decreto 170/2002, de 9 de Julio, de tercera modificación del Decreto por el que se establece la regulación del Bachillerato, las enseñanzas de Formación Profesional y las directrices sobre sus títulos y se dispone su implantación.
Asignaturas optativas (se deben cursar 2, una de 1º y otra de 2º)
Para un alumno(a) que curse por primera vez el Bachillerato, deberá hacerlo en tres años académicos, según el siguiente cuadro:
Distribución y Horario Semanal de las Materias del Bachillerato Impartido en Horario Nocturno a Partir del Curso 2003-2004 |
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Curso |
Materias |
Horas |
1º |
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3 |
Total |
20 |
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2º |
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3 |
Total |
20 |
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3º |
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3 |
Total |
20 |
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Normas Generales
Es necesario tener 18 años cumplidos para matricularse.
El alumno(a) que se matricule en Nocturno, deberá hacerlo solamente de las asignaturas que tenga suspendidas en ese momento.
Una vez aprobada una asignatura no hay que repetirla.
No se repite Curso en ningún caso.
No hay límite de convocatorias.
No hay asignaturas pendientes de cursos anteriores.
Si se suspende una asignatura se debe de volver a cursar.